Contencioso administrativo - NO APTO EN ENTREVISTA oposición Policía Nacional, Guardia Civil, Ertzainza y otras FFCCSE
Contencioso administrativo por suspenso en entrevista de la oposición a Policía Nacional, Guardia Civil, Ertzainza y otras FFCCSE
La pericia es fundamental para determinar si el candidato posee las competencias profesionales y aptitudes psicológicas para el correcto desempeño de la función policial. Existe mucha jurisprudencia que facilita la tarea del abogado de parte, por eso es decisivo la emisión de un informe pericial con todas las garantías.
En Psicología forense somos conscientes de la importancia que tiene el Informe Pericial y por ello emitimos un informe basado en test de personalidad estandarizados que analicen en profundidad los factores y subfactores que hayan causado el suspenso en la entrevista del opositor. La pericia psicológica posteriormente será ratificada en Sede Judicial por el psicólogo.
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Somos expertos en la valoración psicológica de opositores a Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, así como valoramos funcionarios en activo o de baja por pérdida de aptitud psicológica. El valor añadido es que el titular del Gabinete ha sido psicólogo clínico en la Unidad Socio-Sanitaria de la Policía Nacional en el Complejo Policial de Canillas en 2009. Esta experiencia es fundamental para dar solidez a las conclusiones, ya que la estrategia del Abogado del Estado, o del abogado de la parte contraria es devaluar la pericial porque la ha hecho un psicólogo que no está versado en las particularidades de la evaluación psicológica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. No es lo mismo evaluar a personas de la población normal que al personal del Ejército y/o Fuerzas Y Cuerpos de Seguridad del Estado en general, o a opositores de Policía Nacional, Guardia Civil, Policías Locales, Ertzaintza, Policía Canaria. Y eso en nuestro gabinete de psicología lo sabemos perfectamente, y desde 2011 elaboramos informes periciales de parte para estos colectivos tan específicos. A continuación trataré de contestar algunas preguntas frecuentes:
Para el Opositor que ha suspendido la entrevista son muchas las preguntas que se hace:
¿Es viable ganar un contencioso administrativo por no apto en entrevista?
Aquí podemos decir que va a depender de varios factores: por ejemplo, si es en juzgados del TSJ de Madrid o en otros TSJ. O si el contencioso es contra la División de Perfeccionamiento de Policía Nacional o la jefatura de Enseñanza de la Guardia Civil. En un alto grado suele ganar el interesado, pero esto no es una ciencia exacta y hay que trabajar muy bien tanto la parte de la pericial como la demanda ¿Es costoso? En este sentido hay que verlo como una inversión que en su momento podrá dar frutos. Es un coste asumible. Por otra parte, hay que recordar que la administración debe indemnizar con los salarios que se hubieran devengado con el debido interés que marca el Banco de España, y por otra parte el candidato si gana el contencioso escalafona de los primeros de su promoción. ¿Me puedo seguir presentando teniendo un contencioso administrativo en proceso, y esto puede ser causa de no apto en la siguiente entrevista? En este caso la respuesta es sí. Hemos tenido varios casos en la consulta de personas que tenían un contencioso en marcha y han conseguido, con la preparación adecuada, aprobar la entrevista. ¿En cuánto tiempo se resuelven los contenciosos administrativos? Pues eso va a depender mucho del TSJ, de si el abogado pide más elementos, como la grabación de la entrevista que interrumpen el plazo administrativo.
Para el Abogado que va a defender un caso de contencioso administrativo por suspenso en entrevista en la oposición de Policía Nacional, Guardia Civil tanto en el acceso a esas instituciones como en la promoción interna a las escalas superiores.
¿Puede ser suficiente con la demanda, y no presentar una pericial?
Por lo general no es suficiente con la demanda. Para poder argumentar con mayor precisión y justificar determinadas tesis, conviene apoyarse en la pericial. ¿Puede hacer la pericial cualquier psicólogo? Puede hacerla cualquier psicólogo. Evidentemente el abogado podrá fundamentar mejor la demanda con un psicólogo forense especializado en estos temas que con otro que no lo esté.
Para el funcionario que haya sido citado por los servicios de la Unidad Sanitaria en el Complejo Policial de Canillas o en el Hospital de la Defensa “Gómez Ulla”
¿Es necesario acudir al Tribunal Médico con un informe de un profesional externo?
No es necesario, pero sí muy recomendable ya que, tanto el psicólogo como el tribunal médico van estudiar el informe que el funcionario lleve consigo, y podrán basarse en él. Esto puede ser determinante tanto para conseguir recobrar la aptitud psicofísica y volver al servicio activo, como para establecer el paso a segunda actividad o jubilaciones por pérdida de la capacidad o aptitud psíquica ( como por ejemplo: motivar la relación causa efecto por haber padecido accidente laboral o atentado y presentar sintomatología incapacitante para el desempeño de la ocupación policial o militar).
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Extracto de una pericia
A LA SALA INFORMA:
–I– Que se ha practicado Estudio e Informe Pericial Psicológico a solicitud de la Dirección Letrada, sobre D. XXXXXXXXXX YYYYYYYY ZZZZZZZZZZZ
Se emite este informe al amparo del Art. 335 de la L.E.C.: “Cuando sean necesarios conocimientos científicos, artísticos, técnicos o prácticos para valorar hechos o circunstancias relevantes en el asunto o adquirir certeza sobre ellos, las partes podrán aportar al proceso el dictamen de peritos que posean los conocimientos correspondientes o solicitar, en los casos previstos en esta ley, que se emita dictamen por perito designado por el tribunal”… “Al emitir el dictamen, todo perito deberá manifestar, bajo juramento de decir verdad, que ha actuado y, en su caso, actuará con la mayor objetividad posible, tomando en consideración tanto lo que pueda favorecer como lo que sea susceptible de causar perjuicio a cualquiera de las partes, y que conoce las acciones penales en las que podría incurrir si incumpliere su deber como perito.”
–II– Que las pruebas y técnicas aplicadas al Análisis e Informe Pericial, correspondientes a D. XXXXXXX YYYYYYY ZZZZZZZZ, han sido las siguientes:
-Entrevista Personal Biográfica y recogida de datos
-Evaluación Psicológica mediante las pruebas: